Marca española

Una Marca, es todo signo o medio cualquiera que sea su clase y forma, que sirva para señalar y distinguir de los similares o idénticos los productos o servicios de la industria y el comercio y su derecho surge de la inscripción en el Registro Oficial de la Propiedad Industrial.

Son marcas las denominaciones, los gráficos, los conjuntos gráficos y denominativos, etc.

  • Los nombres y apellidos.
  • Las firmas.
  • Las letras, las cifras.
  • Las siglas, las combinaciones de letras, números y signos, los logotipos.
  • Los eslóganes.
  • Los dibujos, figuras y pictogramas.
  • Los retratos de personas.
  • Los conjuntos de palabras o de elementos gráficos, así como los signos complejos que asocian elementos denominativos y gráficos, como, por ejemplo, las etiquetas.
  • Las formas tridimensionales, como las formas de los productos o de su confección (envoltorios, envases)
  • Los colores y combinaciones de colores, siempre que estén delimitados por una forma determinada.
  • Las marcas sonoras, en particular, las frases musicales. Teniendo en cuenta que por Ley sólo son marcas las susceptibles de representación gráfica, estas lo podrán ser ya que se pueden presentar en un pentagrama.

Desaparece la posibilidad de ampliar productos o servicios dentro de una marca ya concedida o en vigor. Se hará necesario, solicitar una nueva marca para reivindicar los nuevos productos o servicios, que se desee proteger.

Las marcas que son objeto de registro están en principio a disposición del titular que debe utilizarlas. De no registrarlas, el usuario extrarregistral queda en una posición de absoluta indefensión:

  • Frente a utilizaciones de la marca por otros.
  • Frente al registro de la marca por otras personas.
  • Frente a la prohibición de su uso por haberla registrado el que la copió posteriormente a su utilización.

Las marcas no solamente son distintivos que por el uso se prestigian, sino que también se desprestigian. Esto supone que el uso de un distintivo por varias personas de marcas iguales, tiende a deteriorar la imagen de la marca, sobre su calidad, sobre el servicio correspondiente y aprovechar la publicidad del otro con resultado engañoso, ya que una entidad o titular que es origen de unos productos no puede controlar tras su publicidad que el imitador cumpla con la calidad de aquel.

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